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La persecución penal del incendio forestal intencional y su potencial relación con delitos posteriores

La persecución penal del incendio forestal intencional y su potencial relación con delitos posteriores

La capacidad de combate de estos siniestros y la gran cantidad de recursos humanos y financieros involucrados pueden  minimizar el daño causado por la intencionalidad, lo que paradójicamente juega en contra de las condenas de imputados por este delito en Chile. 

En 2019 un incendio en Pidima, Región de La Araucanía se inició con ocho focos casi en simultáneo y todos a una distancia similar entre ellos, un hecho que poco tuvo de casualidad. Así como el incendio forestal claramente intencional de principios de enero de este año en el predio El Rosal en Lebu, el que tuvo 20 focos simultáneos en el inicio de las llamas y donde se encontró un panfleto contra “las forestales” y en los lamentables incendios de febrero, que costaron la vida a 26 personas, han dejado a más de 5.000 damnificados y cerca de 300.000 hectáreas afectadas, donde se ha detenido a 28 personas por su posible responsabilidad.
En declaraciones públicas de Conaf, en 2021 el 50% de los incendios forestales fueron intencionales y quienes los inician saben de comportamiento del fuego. Pero, pese a lo evidente, pocos son los condenados por este delito que considera como pena hasta 20 años de cárcel, según la gravedad del hecho, por acción negligente o intencional y multas de hasta $12 millones a quienes originen estas emergencias que han aumentado y se han agravado debido al cambio climático y la sequía.
La gran capacidad de combate y respuesta que han adquirido los equipos de Conaf, las empresas forestales, Bomberos, Carabineros y el Ejército, así como la gran inversión para este fin en los últimos años, ha significado que estos incendios, en su gran mayoría, puedan ser controlados a un alto costo.
Pero ¿qué ocurre con quienes son los responsables de estos siniestros, ya sea por negligencia o intencionalidad? ¿Qué establece la norma chilena al respecto? ¿Cómo se trabaja en su persecución penal? 
Renato Fuentealba, director de asuntos penales de Arauco, explica que en Chile existen dos cuerpos normativos que regulan la intencionalidad de los incendios. “El Código Penal chileno, desde sus orígenes, sanciona según el artículo 474 y siguiente, el delito de incendio vinculado a hechos en contra de la propiedad y lo que se sanciona es la gran capacidad de daño y destrucción de un incendio, con altísimas penas”. 
Así lo señala el Código Penal, pero a su vez el delito de incendio intencional está tipificado en la Ley de Bosques de 1931 del Ministerio de Tierras y Colonización, que sanciona al que imprudentemente comete un incendio, lo que no hace el Código Penal. “Aquí habla de delitos dolosos y de delitos culposo, que son los cuasi delitos. En el Código Penal solamente se sanciona a aquel que dolosamente, con la intención de generar un daño termina generando un incendio, pero la Ley de Bosque se hace cargo del sujeto que es súper imprudente, que no toma las medidas de resguardo y de cuidado necesarias para que también tenga sanción. Pero evidentemente hoy el que causa más impacto social, es aquel sujeto que simplemente quiere hacer un incendio con el fin de hacer daño”, señala el abogado. 
Fuentealba plantea que el problema se genera cuando debemos comprender qué es un incendio intencional. No es simplemente encender fuego, porque activar un encendedor o hacer un asado implica hacerlo, sino que el descontrol del incendio hace la diferencia. “La doctrina, los profesores y autores dicen que hay un delito de incendio cuando hay un descontrol en el fuego, es un tema de magnitud, de fuerza y de potencia” y entrega un ejemplo, “me tocó años atrás ver un caso de incendio con la intencionalidad de generarlo en un bosque de Forestal ARAUCO. Un sujeto había dejado vestigios que daban claridad de la intencionalidad y su defensa argumentaba lo exagerada de la condena -cinco años- considerando que el incendio no había generado daño debido al control realizado por las empresas forestales que se han ido perfeccionando en ello. A ni un juez le temblará la mano contra quien genera un incendio que quema casas, nadie dudará en darle 10 años de cárcel, ¿pero si quemó 10 m2?”.
Al analizar la intencionalidad de un incendio, el delito está vinculado a la afectación del patrimonio, pero no se está considerando el peligro de la conducta en los juicios contra estas personas y el nivel de daño causado por quien inicia un incendio de manera intencional. Está más bien condicionado a la eficiencia de quienes controlan ese incendio, “Entonces la baja condena por estos delitos no es por debilidad legislativa, sino que es un problema de jueces, es el poder judicial, es el Ministerio Publico que termina valorando la conducta en relación con el daño y no en relación a la peligrosidad de esa conducta” explica Fuentealba y agrega “no tengo ninguna duda que la zona con mayor siniestralidad de incendios es la provincia de Arauco en Chile, pero rara vez vemos estos grandes incendios que se generan como lo vemos en Valparaíso y Viña del Mar porque el tiempo de reacción que tienen las empresas forestales cuando se genera un incendio es mínima, son minutos y el Estado solo no da abasto para combatirlos. En el combate las empresas han hecho un trabajo enorme”.
Al ser consultada la Fiscalía por la cantidad de denuncias de incendio forestales, personas imputadas y condenadas, entre 2019 y 2022, las cifras demuestran la ineficacia de la justicia en este tipo de causas. En 2.338 denuncias, hubo 50 personas imputadas y de ellas, solo 4 fueron condenadas. Un 0.17%. 
“El gran problema de los incendios forestales es que son en zonas donde no tienes vestigios de quien comete el ilícito, estamos hablando de zonas despobladas, zonas en donde normalmente no circula público, no hay testigos, entonces la identificación del sujeto es un problema. El segundo problema es que cuando tienes indicios de que uno o más sujetos participan de estos ilícitos, no tienes el personal cualificado para poder abordar pericialmente en terreno los incendios, ni periciar a los sujetos en el lugar de los hechos. La investigación de incendios forestales en Carabineros lo realiza el Labocar, Bomberos también investiga, Conaf no tiene mayor preponderancia en la investigación siendo un tema al que debe abocarse y al Ministerio Público le corresponde investigar, pero no lo hacen in situ, se nutren de la información de las policías”.
Consultado sobre las pruebas que las empresas puedan aportar a través de la tecnología utilizada en la protección de su patrimonio forestal, el director de asuntos penales de ARAUCO, señala “yo creo que es un tema de seguridad pública, falta un foco de parte del gobierno en intentar investigar y prevenir. Nosotros sabemos los sectores donde hay siniestralidad y el gobierno podría abordar seriamente el tema, sobre todo considerando que el incendio intencional en estas zonas adicionalmente está relacionado a la comisión de delitos posteriores, como usurpaciones de inmuebles y robo de madera. Estos delitos están vinculados y hay una conexión. Tenemos identificado que zona que se quema, al año siguiente está usurpada y ocupada ilegalmente. Hay falta de voluntad de investigar seriamente cuáles son las reales causas de los incendios y falta quizás una mirada más aguda en torno a ir más allá de quien empezó el fuego. En torno al incendio hay intencionalidad y hay fines. La mayor cantidad está vinculada a otros ilícitos y esa intencionalidad no es abordada por el Ministerio Publico”, señaló el abogado. 

29 personas habían sido detenidas por los incendios de estas últimas semanas

La Fiscalía Regional del Maule informó que el tres de febrero controló a una persona de nacionalidad haitiana, detenida tras ser sorprendida por testigos iniciando el fuego al costado de la carretera, siendo formalizada en el Tribunal de Garantía de Parral, decretándose la medida de prisión preventiva.
En tanto, desde la Fiscalía Regional del Ñuble, se reportaron dos personas detenidas por infracciones a la Ley de Bosque en las comunas de Bulnes y San Gregorio. En el primer caso, la norma fue infringida en su artículo 22 ter, es decir, “el que por mera imprudencia o negligencia en el uso del fuego u otras fuentes de calor en zonas rurales o en terrenos urbanos o semiurbanos destinados al uso público, provocare incendio que cause daño en los bienes”, aplicándose la medida cautelar de firma quincenal en Carabineros y arraigo nacional. En el segundo caso, se formalizó por infracción al artículo 18 de ese cuerpo legal, es decir, roza de fuego no autorizada.
La Fiscalía Regional del Biobío reportó 5 imputados. El primero de ellos, en la comuna de Arauco, como autor de incendio e infracción al artículo 22 ter, en grado de consumado. Se le impusieron las medidas cautelares de arraigo nacional y firma quincenal en Carabineros, indicando como pena probable desde presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de 11 a 50 UTM.
El segundo caso corresponde a la comuna de Cañete, con un formalizado por la misma infracción, imponiéndosele medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y firma mensual en Carabineros, con la misma pena probable.
El tercer caso corresponde a Los Ángeles, e involucra a tres formalizados como autores de delito contemplado en el artículo 481 del Código Penal, esto es ser aprehendido con artefactos, implementos o preparativos para incendiar. Se les impusieron las medidas cautelares de arraigo nacional, firma quincenal y prohibición de acercarse al cerro Curamávida de Los Ángeles, lugar donde fueron detenidos. La pena probable es de presidio menor en sus grados mínimo a medio.
En La Araucanía, cuatro personas fueron detenidas por los delitos de incendio, porte de elementos incendiarios y amenazas de muerte en Carahue, Collipulli y Angol. 
En la Región de Los Ríos, el seis de febrero se formalizó a una persona por realizar quema de basuras que provocó un incendio de 250 metros cuadrados en Río Bueno. Por lo mismo quedó con firma mensual y arraigo nacional. En Panguipulli fue aprehendido un sujeto luego de iniciar una fogata para ahuyentar unas avispas. En Lago Ranco, en la misma región, quedó apercibida y sin medidas cautelares, Selma Reinoso, quien quemó un chaleco viejo y provocó un incendio que consumió 5.000 metros de pastizales. En Valdivia se está investigando a una mujer por encender pastizales en su predio que provocó un pequeño incendio en esa comuna.
De todos los investigados, dos de ellos se encuentran en prisión preventiva, uno a la espera de su formalización, y el resto, con diferentes medidas cautelares mientras dure la investigación.

 

 

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