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¿Quién paga los servicios ecosistémicos del bosque?

¿Quién paga los servicios ecosistémicos del bosque?

Un estudio de la Universidad de La Frontera financiado por el Fondo de Investigación del Bosque Nativo (FIBN), estimó el valor económico de los servicios ecosistémicos del bosque en La Araucanía usando el método del “costo de oportunidad de conservación”, ampliamente usado en el mundo en programas de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques (REDD+). La estimación de este valor es clave para diseñar políticas que revaloricen y aumenten la rentabilidad del bosque nativo, por medio de pagos a productores de bosque nativo, por ejemplo, mediante contratos de servidumbres de conservación (por subvención) o de Pago por Servicios Ambientales (por pago de privados). 

Sabido es que los bosques nativos son productores de bienes y servicios ecosistémicos y que sus propietarios podrían potenciar la producción de estos bienes si tuvieran incentivos económicos. Por el contrario, al no existir dichos incentivos, no se generan las condiciones necesarias para que los propietarios los puedan proteger de la degradación.
Si bien muy pocos bienes y servicios del bosque tienen un valor de mercado -a excepción de la madera, leña o algunos frutos del bosque-, sí tienen un valor para la sociedad como bienes públicos. Lamentablemente, la sociedad no siempre está dispuesta a reconocer dicho valor a quienes los producen entonces es el Estado el que debe hacerlo a través de subsidios o subvenciones. Sin embargo, cuando el presupuesto no es suficiente para cubrir todo el país, la solución es idear programas más focalizados en objetivos ambientales específicos y localizados.
El Dr. Ricardo González, profesor de Economía Ambiental y Recursos Naturales, del Departamento de Ciencias Forestales de la Universidad de La Frontera, explica que, “para focalizar en estos objetivos, existen dos instrumentos relativamente nuevos en el ámbito de la conservación de la naturaleza, tanto en Chile como en el mundo, aunque han sido probados con éxito desde hace décadas en Estados Unidos y en algunos países de Latinoamérica, como Costa Rica, México o Ecuador. Lamentablemente en Chile se está al debe en su implementación”.
El primero de los instrumentos señalados por el Dr. González es el esquema de Pago por Servicios Ambientales (PSA), que son contratos de conservación donde usuarios de dichos servicios acuerdan pagar a los productores una compensación económica proporcional a los servicios producidos. El pago es acordado, en general, de común acuerdo entre privados y proporcional a la cantidad y calidad de servicio ambiental involucrado. “Un ejemplo son los usuarios del agua potable de una localidad, que pueden acordar pagar por el agua a los propietarios de bosque nativo productores del agua. Estos sistemas funcionan con tres actores: Los que pagan (compradores), la entidad intermediaria que recolecta los pagos y después lo distribuye entre los productores (la compañía de aguas o una institución creada para ello), y los que producen el servicio ambiental (propietarios que reciben el pago). La entidad intermediaria y garante del acuerdo, puede ser la compañía de aguas, en combinación con un fondo forestal, como es el caso del Fondo de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) de Costa Rica. En los esquemas de PSA, tanto los usuarios como los productores de los servicios ambientales en cuestión están bien identificados y han llegado al acuerdo voluntariamente”, explica el académico. 
El otro instrumento son los contratos de Servidumbres de Conservación, que se usan cuando los consumidores de los bienes y servicios ambientales no pueden identificarse, como es el caso de la conservación de la biodiversidad, la belleza escénica o la protección del hábitat de especies silvestres del país. “Es decir, cuando se trata de bienes públicos ambientales no puede establecerse un mecanismo de Pago por Servicios Ambientales tipo PSA, porque los beneficiarios son toda la sociedad. Por ello, es el Estado quien toma el rol de los beneficiarios al momento de acordar un contrato de pago por servicios ambientales. En estos contratos entre los productores y el Estado, este último, mediante políticas ambientales enfocadas en servicios ambientales priorizados de acuerdo a cada realidad local, puede contratar con propietarios privados la producción de ciertos servicios ambientales prioritarios. Un ejemplo de contrato de servidumbre de conservación puede ser aquel que considere el resguardo de un tipo forestal específico o la conservación de una especie de fauna silvestre amenazada, en un área determinada del territorio”, explica el profesor González.
De esta forma, en ambos esquemas se reconoce el valor económico de los servicios ecosistémicos producidos por el bosque nativo.
El costo de oportunidad de conservación
En el estudio de valorización de los servicios ecosistémicos del bosque nativo realizado en la región de La Araucanía durante 2020 y 2021, dirigido por el Dr. Ricardo González y financiado por el FIBN, se abordó el costo de oportunidad de conservación que enfrentan los propietarios de bosque nativo que deciden conservar el bosque, entendido como aquellos beneficios monetarios a los cuales deben renunciar los propietarios de bosque nativo cuando deciden conservar y “al ser la decisión de conservación voluntaria, dicho costo es equivalente a la disposición a pagar (DAP) de los propietarios por conservar su bosque nativo”.  
Para la realización de este estudio, se recabó, entre otros aspectos, información a nivel de propietario por medio de encuestas que sirvieron para conocer la realidad socioeconómica de los propietarios, el costo de oportunidad de conservar el bosque nativo y las preferencias de los propietarios sobre el bosque nativo y el uso de la tierra. En la encuesta se buscó identificar los bienes y servicios ecosistémicos del bosque reconocidos “desde la perspectiva de los propietarios”, así como también la valoración económica que le asignan a sus bosques, la cual se ve revelada al tomar decisiones de uso de la tierra.  
En el proyecto se calcularon los costos de oportunidad de conservación por clase de uso de suelo, por tipo de propietario, clases de pendiente, de altitud y en general, se encontró que, para todas las clases de uso del suelo productivas, el bosque nativo tiene una menor rentabilidad que todos los otros usos, como el agrícolas, ganadero o cultivos forestales y sólo es mejor alternativa, en aquellos suelos de aptitud no productiva  
Entre los resultados se confirmó que, en aquellos sitios de mejor calidad, con altos costos de oportunidad de conservación, la probabilidad de que el propietario decida conservar es menor, debido a la mayor rentabilidad de los usos alternativos. 
En los sitios de menor calidad, los costos de oportunidad son menores, pero siguen siendo relevantes al momento de decidir conservar o explotar el bosque nativo, ya sea en términos de leña y carbón o para refugio del ganado. Cuando el costo de oportunidad se remite a renunciar a la producción de leña, carbón o la crianza de ganado, en el estudio se encontró que se trataba principalmente de propietarios que viven bajo regímenes de subsistencia y semi-subsistencia.  Para Ricardo González “es controversial, que las familias pobres deban asumir el costo de la conservación del bosque nativo, mientras que los beneficios los aprovecha la sociedad sin dar nada a cambio. Si esas familias recibieran una compensación por lo que producen en conservación, no enfrentarían la presión de generar ingresos a partir del bosque, lo cual solo genera degradación del recurso”.
Por el contrario, se encontró que las familias con ingresos alternativos provenientes de otras fuentes distintas de la actividad campesina, como lo son rentas o pensiones, podían asumir, en mayor grado, los costos de oportunidad de la conservación. El estudio reveló que, a mayor nivel de ingreso de las familias, mayor era la probabilidad que decidieran conservar. Por otro lado, los mayores problemas de conservación se pudieron observar en bosques de quienes se ven obligados a usarlo para sobrevivir. Según el Dr. González, “no debería ser que un propietario de bosque nativo, quien se ve obligado a generar ingresos para sostener a su familia, deba someterse a la disyuntiva de elegir entre criar ganado o conservar el bosque, o bien, producir leña y carbón o conservar el bosque”.
La estimación del costo de oportunidad de conservación del bosque nativo calculado en el mencionado proyecto es ciertamente un avance en el reconocimiento de la existencia concreta de una falla de mercado del bosque nativo, la cual se puede abordar mediante una compensación económica a los propietarios de bosque nativo por parte de la sociedad. “Esta compensación puede ser diferenciada por tipo de propietario y debería aplicarse a todo aquel que tome decisiones concretas de conservación, bajo esquemas de contratos de conservación previamente acordados”.    
Para el investigador y académico, la implementación de estos contratos de conservación resolvería varios problemas de una sola vez, “se incentivaría a la conservación del recurso, pero a la vez, indirectamente se abordaría un problema de pobreza rural en tierras marginales, mejorando la distribución de la riqueza en el país. Actualmente, los propietarios del bosque nativo son quienes asumen el costo de conservación de sus bosques y el dilema moral acá es que, en muchos casos, se trata de campesinos empobrecidos, quienes no deberían asumir por sí solos dicho costo. Con la implementación de contratos de servidumbres de conservación, la sociedad tendría la oportunidad de hacerse responsable de los costos de conservación, liberando a los pequeños propietarios de dicha responsabilidad”.
Tanto desde el punto de vista técnico como del punto de vista operativo, los contratos de PSA y de servidumbres de conservación presentan la ventaja de un sistema de pagos periódicos, es decir, pagos anuales, y no pagos por única vez como es en Chile. El pago periódico atiende la necesidad de compensar al productor por un flujo permanente de bienes y servicios ambientales que produce, resuelve la falla de mercado de forma eficiente e incentiva la producción de bienes y servicios ambientales. 
Para la implementación de esquemas de pago por servicios ambientales se requieren cambios en la legislación vigente. Como, por ejemplo, la formulación de una nueva Ley de Fomento Forestal, en donde se puedan incorporar los incentivos económicos para la conservación y restauración de recursos vegetacionales.  También se hace necesaria la creación de fondos ambientales, como el prometido Fondo Forestal Ambiental (FFA), donde se concretaría el pago por servicios ambientales a propietarios, o incluso, se podría ampliar las funciones del Fondo de Conservación del Bosque Nativo (FCBN).
Según lo señalado por el Dr. González, “la implementación de mecanismos de financiamiento de la conservación, como los esquemas de PSA y los contratos de servidumbres de conservación, está lejos de ser una realidad en Chile mientras no se hagan los arreglos institucionales y se creen las entidades públicas que permitan su existencia” y agrega “la mera existencia de la Ley 20.283 de Derecho Real de Conservación (DRC) de 2016, no es suficiente, pues esta ley permite la firma de contratos de conservación entre privados, pero actualmente, no hay ninguna figura institucional que asuma el rol de “entidad fiduciaria de conservación”, es decir, aquella institución garante del contrato de conservación. Dicho rol lo podría asumir el Fondo de Conservación del Bosque Nativo o una repartición de esa entidad, o incluso, alguna entidad privada sin fines de lucro. Mientras no se cree dicha entidad y se resuelva la forma de financiamiento, los contratos de servidumbres de conservación seguirán esperando y, solo tendremos espacio para los contratos de conservación entre privados (esquemas de PSA) o los proyectos de conservación voluntaria adheridos a la ley de DRC, como declaraciones voluntarias de conservación”.


Referencia del estudio:
González, R. et al. (2021) “Identificación, cuantificación y valoración de los servicios ambientales provistos por el bosque nativo en el Sur de Chile”. INFORME FINAL PROYECTO FIBN 078 / 2012. 29 de octubre de 2021. 198 p.

 

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